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¿Otro presente griego?

El preacuerdo técnico sobre la deuda de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), presentado del miércoles 8 de este mes por sus responsables como la suma de ventajas que puede conquistar nuestro país en su trato con Argentina, si se profundiza el análisis, pese a que el texto del documento, 12 días después, sigue sin aparecer, exhibe todas las características de un nuevo presente griego. Veamos algunas de ellas: abre las puertas a un leonino canje de energía por deuda y, para colmo de males, durante 42 años, con una tarifa que no alcanza ni la tercera parte de las que rigen en el mercado regional. Por otra parte, el valor presente de esa energía es muy superior al monto de la deuda que se pretende cancelar con esa entrega.


CANJE DE DEUDA POR ENERGÍA SOLO BENEFICIARÁ A ARGENTINA

Si el objetivo es la transparencia total del proceso, tal como lo proclama el director interino de la EBY, Ing. Angel María Recalde, nada puede ser más oportuno que un enriquecedor debate sobre el "Preacuerdo, a nivel técnico, para la reestructuración de la deuda de la Entidad Binacional Yacyretá". Es cierto que la administración local de la EBY optó por suministrar información en cuenta gotas, porque el texto completo de ese preacuerdo, pese a las promesas y a los reclamos, aún no traspuso las cuatro paredes de los gabinetes en los que trabajaron los técnicos que ya se pusieron de acuerdo.

No obstante, con las gotas administradas por la EBY ya se puede barruntar el futuro que habrá de fundarse sobre este nuevo acuerdo entre los países propietarios del complejo hidroeléctrico Yacyretá. El debate que una vez más proponemos desde las páginas del Suplemento Económico de ABC Color busca detectar si ese acuerdo tiene la consistencia del basalto o la fragilidad de una capa rocosa con intrusiones de arenisca, como las descubiertas en las opciones Itacurubí y Pindo’i del proyecto Corpus. Si del primer caso se trata, no debe dudarse, el acuerdo que se edifique encima soportará las inclemencias de la política; pero si fuese el segundo, el derrumbe apenas será una cuestión de tiempo. El Dr. Ing. Carlos Manuel Cardozo Florentín, ex jefe técnico de Itaipú, quien también asistió a en la presentación que hizo Yacyretá el miércoles 8 en el Banco Central del Paraguay, expone hoy a la consideración de nuestros lectores sus primeras impresiones sobre el preacuerdo de marras.


El día 8 del corriente mes, en la presentación del "Preacuerdo, a nivel técnico, para la Reestructuración de la deuda de la Entidad Binacional Yacyretá" que hizo el Ing. Angel María Recalde, tuvimos un primer contacto con la problemática de Yacyretá. Si bien no se presentó el texto final (del Acuerdo), debe señalarse que la exposición se centró en las ventajas del Preacuerdo. Asistimos al acto y escuchamos el alegato del director paraguayo de la entidad binacional y, nobleza obliga, al final del mismo nos quedamos rumiando dudas, dudas que queremos compartir con los lectores participantes del Espacio para el Debate del Suplemento Económico de ABC Color.

También comentamos ciertas afirmaciones que, a nuestro criterio, no se ajustan estrictamente a la verdad (consideramos que Yacyretá es 50% de Paraguay y 50% de la Argentina).

OBJECIONES INICIALES

Afirmaba el Ing. Recalde que el Preacuerdo de referencia es solo técnico y que no modifica ningún punto del Tratado y sus Anexos. No estamos de acuerdo. Por una razón muy sencilla, por el Tratado, el ente Yacyretá debe tener una tarifa única y, sin embargo, de hecho, por este acuerdo, la EBY pasa a tener dos tarifas, la primera está asociada a la energía comprometida y la segunda está asociada a la parcela de energía remanente.

Recalde sostenía igualmente que la deuda de la binacional pasará de los actuales US$ 12 mil millones, aproximadamente, a más de US$ 45 mil millones en 20 años, si nada se hace para alcanzar un arreglo económico-financiero.

Sin embargo no destacó el hecho de que la entidad opera bajo un régimen ilegal, porque no se aplica el Tratado y siguen lo establecido por una Nota Reversal de 1992, que fue rechazada por el Parlamento. Entonces, cualquier ciudadano se preguntaría por qué razón la entidad sigue y seguirá operando bajo reglas ilegales si ese instrumento diplomático no se aprobó. La proyección a los US$ 45 mil millones sería válida si las reglas actuales fuesen legales.

Asimismo mencionó que el documento no compromete la porción de energía del Paraguay, afirmación que genera una pregunta infantil: ¿para qué un Acuerdo si solo le vamos dar lo que es de ellos, o lo que a ellos les corresponde? Entonces, es evidente que esa afirmación es apenas para agradar, porque no tiene ningún sustento lógico.

RESUMEN BENEFICIOS

La presentación fue muy generosa a la hora de enumerar las ventajas del Preacuerdo. Hasta podríamos decir que fue convincente, porque hubo personas que desde ese momento comprometieron su apoyo, posiblemente sin profundizar su análisis de las ventajas y desventajas del tema.

Con los datos disponibles, lo expuesto por el Ing. Recalde el miércoles 8 de este mes, apuntamos las siguientes ventajas: - Integración de capital El capital inicial que la ANDE debió integrar era de US$ 50 millones, y que solo pudo integrar US$ 10 millones mediante un préstamo con el Banco de la Nación Argentina (BNA). Los 40 millones que no integró a valores de 1973, más el monto necesario para la devolución del capital y el pago de los intereses al BNA, representan unos 186 millones de dólares al 31.12.05.

Además, la EBY se hace cargo de la deuda con el BNA, con lo cual se considera que la ANDE integró la totalidad del capital; en consecuencia, a partir del 2007 pasará a recibir US$ 16 millones aproximadamente, en concepto de remuneración del capital. - Regalías y compensación El documento prevé que las compensaciones para ambos países por territorio inundado y cesión de energía a favor de Paraguay, devengados a partir del 2006, se paguen en un 100% a partir del presente año, así como las utilidades y resarcimiento que le corresponden a la ANDE y a Ebisa.

Sobre los "montos diferidos" por la aplicación provisoría de la N.R. de 1992, se propone comenzar a pagar a partir de enero del 2007 lo correspondiente a la Cesión de Energía (por parte del Gobierno argentino), en 8 años en cuotas mensuales y en 12 cuotas anuales, a partir del 2010 lo correspondiente a territorio inundado. Los importes de utilidades del capital y resarcimientos adeudados a la ANDE se cancelarán inmediatamente una vez que entre a regir el acuerdo; con ese mecanismo se adelantarían los montos diferidos por la N.R. de 1992, del 2019 al 2007 y 2010.

En resumen, el Paraguay recibirá desde el presente año la totalidad de los beneficios contemplados en el Anexo "C" del Tratado y comenzará desde enero del 2007 con los montos que fueron diferidos para el 2019 en adelante.

De los 22 millones/año, monto que se recibió hasta el 2005, pasará a 95 millones/año desde el 2006 hasta el 2008 y a 136 millones/año desde el 2009 (luego del llenado del embalse). Por otro lado, las cuotas de pago de lo diferido incrementarán los ingresos del 2007 al 2014 en 43,5 millones/año (cesión de energía) y entre el 2010 al 2021, en 11,5 millones/año.

- Reducción de la deuda Sobre la deuda total actual se prevé una reducción del orden de 6.197 millones de dólares. No podemos emitir una opinión sobre este hecho porque desconocemos el origen de esta deuda. Si la misma tiene un origen espurio, es decir, surgió como consecuencia de la violación del Tratado o sus Anexos (o lo que es lo mismo, surgió de la aplicación de la N.R. de 1992), la quita no debe considerarse como un beneficio al país, porque es apenas un acto de justicia.

DUDAS SOBRE EL PREACUERDO

Hubo muchos números, sin embargo, lo que finalmente queremos es analizar son dos puntos: primero con relación a la energía cedida y segundo sobre la energía remanente:

1. ENERGIA CEDIDA

Los dos grandes parámetros asociados a este tema son:

- Deuda consolidada de la EBY a fines del 2006 = 6.218 millones de dólares.

- Energía comprometida 350.700 GWh por 42 años. Supongamos, en primer lugar, que el pago de la deuda debe ser mensual, en cuotas iguales, sin intereses ni actualizaciones, en este caso tenemos que el pago será equivalente a: 504 cuotas mensuales iguales, de 12.337.302 dólares, o lo que es igual; 42 cuotas anuales de 148.047.624 millones de dólares.

Ahora veamos la energía anual correspondiente: 350.700.000/42 = 8.350.000 MWh al año.

Calculamos la tarifa considerando que esta energía está comprometida exclusivamente para el pago de esa deuda (es lo que se entiende al decir que la deuda restante será cancelada con energía), se obtiene entonces:

Tarifa 1 = Costo anual del servicio de electricidad (US$) Cantidad del producto de venta en el año (MWh) Tarifa 1 = 148.047.624/8.350.000 = 17,73 US$/MWh.

Calculando la potencia continua comprometida en el preacuerdo con un factor de disponibilidad de 95%, encontramos que: Potencia = 8.350.000/(8760*0.95) = 1.003 MW.

Añadamos otros cálculos para verificar su efecto económico en el tiempo. Con ese fin, adoptamos algunas hipótesis reales sobre tasas de interés (sabemos que no existe ningún dinero en el mercado financiero mundial sin intereses).

Primero vamos considerar que el monto anual pagado en términos de energía tiene una tasa de interés anual que varía del 1 al 4%. Los resultados obtenidos son mostrados en la tabla de abajo, en el que la columna DIFERENCIA representa el valor obtenido por encima de la deuda de 6.218 millones de dólares con la tasa de interés considerada. Como se puede ver en esta tabla, con un interés anual del 4% (valor que para muchos podrá ser elevado), se obtendrá al final de los 42 años mucho más de la deuda condonada. Sobre el 4%, mencionamos que apenas la actualización del capital por la inflación norteamericana está este año en el orden del 5%.

VER CUADRO 1

Ahora vamos tomar la tarifa actual (determinada) de 17,73 US$/MWh y cambiarla anualmente hasta el 2047 con la misma variación de las tasas de interés de arriba. Los valores obtenidos son:

VER CUADRO 2

Considerando que el valor actual de venta de la energía de Yacyretá esté cerca de US$ 35 por MWh, vamos verificar los años que deben transcurrir con las tasas de interés utilizadas para que se alcance un valor de mercado actual (próximo a los 35 US$/MWh).

VER CUADRO 3

Concluimos este punto afirmando que la energía es el motor que mueve la economía de los países; en un mercado mundial en el que la energía limpia se va volviendo cada vez más importante para la vida de las personas. No existe, aparentemente, la posibilidad de que los valores de mercado para la energía proveniente de las hidroeléctricas vayan reduciéndose. En otras palabras, la tarifa de 88,52 US$/MWh encontrada para el año 2048, posiblemente estará muy por debajo del valor real.

1. ENERGIA NO COMPROMETIDA

Puntos a considerar: Yacyretá es 50% del Paraguay y 50% de la Argentina. Decir que la energía comprometida no afecta la parte paraguaya no es correcto. La realidad es que el 46% de la energía de Yacyretá que quedará comprometida es de ambos países.

Se menciona que a partir del acuerdo se aplicará estrictamente el Anexo "C" para la fijación de la tarifa; pues bien, si el 46% de la energía ya está comprometida al pago de la deuda, se debe calcular una tarifa para el 54% restante. Para hacer esto suponemos lo siguiente:

- Regalías y otros beneficios del Anexo "C" sumarán = 2 x 136.000.000,00 US$.

Energía remanente = 19.680 GWh 8.350 GWh = 11.330 GWh.

Con estos dos parámetros podemos calcular la tarifa para esta energía remanente:

Tarifa 2 Costo anual del servicio de electricidad (US$) Cantidad del producto de venta en el año (MWh)

Tarifa 2 272.000.000/11.330.000 = 24,007 US$/MWh

Observen que las regalías de 136 millones de dólares para cada país presupone que Yacyretá pasará a operar en su cota final.

No podemos calcular con precisión, pero estimamos que la diferencia entre la tarifa del Anexo "C" (sin la parte de la deuda) y los valores de mercado deben ser mayores de 11 US$/MWh, que si multiplicamos por unos 10.000 GWh que debe ir al mercado argentino, debe dejar una ganancia adicional del orden de 100 millones de dólares al año, para quien utiliza mayoritariamente esta energía barata.

CONCLUSIONES

Lo positivo es la apertura a la negociación sobre Yacyretá. Un acto de justicia (aparentemente) es la reducción de la deuda total actual en 6.197 millones de dólares. Además, pese a que se menciona que no se modifica el Tratado, debe señalarse que el preacuerdo lo modifica, ¿acaso Yacyretá no pasa a tener dos tarifas? El canje de la deuda por energía no es conveniente para el Paraguay porque la energía se da a un valor muy por debajo del valor de mercado y como se puede observar en las tablas presentadas, como con un mínimo interés, el valor de la energía cedida se duplica e, incluso, más en los 42 años. Además, cubre con creces el valor condonado de la deuda. Es necesario que este Acuerdo sea el punto de partida de una renegociación integral del Tratado. Las restricciones al libre uso de nuestra energía permanecen, así como permanece el impedimento de venta a terceros, y a valores de mercado. Si todo se resume a lo que está hoy previsto en el Tratado y además se aplica este Acuerdo, el sentimiento es que nuevamente estamos recibiendo migajas y que la mayor parte del beneficio va al otro lado del río.


Ramón Casco Carreras

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19/11/2006 00:00:00