El Código Penal castiga hasta con diez años de cárcel la contaminación del aire, cuando el hecho se relaciona con una actividad industrial. (Ver infografía del material principal)

En la foto se ve una escena que diariamente se repite. Los colectivos que despiden “humo negro”. ¿Cuándo se adoptarán las medidas?
“La contaminación es el efecto de alterar nocivamente una sustancia, organismo o medio por efecto de residuos procedentes de la actividad humana o por la presencia de determinados gérmenes microbianos”, según Nelson Mora en su libro “Código Penal Paraguayo, comentado”.
“La contaminación atmosférica, como la de otros medios susceptibles de ser contaminados (medios biológicos, suelos, aguas), es el resultado del vertido en la atmósfera de desechos y sustancias tóxicas; a ello hay que añadir otros efectos perjudiciales como ruidos, olores, luches deslumbrantes, etc.”, dice el autor.
“Generalmente, el comportamiento contaminante se realizará al emitir, verter, radiar o depositar al exterior sustancias nocivas, pero también cuando el producto no es en sí nocivo, pero adquiere tal cualidad al ponerse con algún agente exterior”, resalta Mora.
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