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NO ENVIAN A DIPUTADOS LAS COPIAS DE LAS DECLARACIONES JURADAS

Contraloría dilata entrega de informe sobre bienes de funcionarios públicos

La Cámara de Diputados, resolución de por medio, pidió a la Contraloría General de la República, la copia del contenido de los registros de las declaraciones juradas de funcionarios públicos desde 1992 hasta hoy. Sin embargo, el ente de control se limitó a remitir la lista de los que cumplieron con la obligación y no las fotocopias en la que se detallan sus bienes.


Carlos Soler, diputado

“No hay voluntad”, declaró el diputado Carlos María Soler, refiriéndose a la Contraloría General de la República, con relación al pedido que formuló la Cámara Baja, acerca de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos.

Los diputados aprobaron vía proyecto de resolución solicitar al ente de control los informes contenidos en el registro, con relación a lo que declararon los funcionarios públicos en concepto de los bienes que poseen, desde 1992 hasta la fecha; sin embargo, el viernes pasado, los diputados recibieron, de la Contraloría, solo la lista de los funcionarios que cumplieron con esta exigencia constitucional y no el contenido de las mismas, es decir, las fotocopias en las que se detallan sus bienes.

Según explicó Lourdes Ferreira, secretaria general de la Contraloría, en la resolución aprobada en Diputados solo se menciona el contenido del registro y es por eso que ellos se limitaron exclusivamente a lo expresado en la nota de solicitud.

INFORMACIÓN CLASIFICADA

El diputado patriaqueridista adelantó que van a solicitar una aclaratoria a la Contraloría. “Para ellos, por lo visto, el contenido de los registros se resume en un simple hecho de que si el funcionario público presentó o no su formulario. Nosotros hablamos del contenido de los registros. Yo no le pregunto quién presentó y quién no, me interesa saber la declaración jurada de bienes de los funcionarios y ahí hablamos del contenido”, explicó Soler.

Al legislador le parece muy llamativa la postura de la Contraloría, teniendo en cuenta que el pedido formulado fue bastante claro, pero que ellos le dan otra interpretación.

“Acá lo que se nota es que no existe voluntad para dar a conocer los documentos que deberían ser públicos. Una declaración jurada, de un funcionario público, tiene que ser pública, el que no quiere que se sepa el contenido de su declaración pública, pues bien que se dedique al sector privado, donde no tiene que rendirle cuentas a nadie”, señaló el diputado. Agregó que la misma Constitución Nacional establece la obligatoriedad de la declaración jurada de todos los funcionarios públicos, al entrar y al salir del cargo, y que no conoce una ley que diga que la declaración de bienes tenga que ser una información clasificada.

RESTRICCIÓN AL CIUDADANO COMÚN

Ningún ciudadano común puede acceder a las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos, porque la propia ley 276/94 Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República así lo impide.

El artículo 9, inciso f, señala que el ente de control suministrará los informes contenidos en el registro a pedido expreso del Poder Ejecutivo, de cualquiera de las Cámaras del Congreso, del fiscal general del Estado, del Procurador General de la República, de la Comisión Bicameral Investigadora de Ilícitos y del organismo jurisdiccional competente.

Es por ello que cuando un ciudadano común o la prensa solicita informes sobre la declaración de los funcionarios públicos, la Contraloría invoca su carta orgánica y sostiene que se debe ajustar a lo que dice la ley.

Octavio Airaldi, contralor

En el 2004, se planteó en el Congreso la modificación de este artículo de la ley 276/94, a fin de que sea pública la información arrimada por los funcionarios. Pero la intención no prosperó a raíz de que algunos legisladores alegaron “temor al secuestro” en caso de que ventilen el contenido de sus bienes.

OTRO RECHAZO EN EL CONGRESO

Este año se volvió a presentar un proyecto de ley en el que se establece una sanción, incluso pecuniaria, para los funcionarios que no cumplen con la obligatoriedad de presentar sus declaraciones juradas, pero tampoco prosperó la iniciativa, ya que fue rechazada en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja.

Mientras tanto, queda aguardar si la Contraloría, una vez que reciba la aclaratoria de los diputados, decida enviar las copias de los contenidos de las declaraciones.

LEY ORGANIZA DE LA CGR

La Ley 276/94 Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República es la que limita el acceso a la información relacionada a la declaración jurada de bienes de los funcionarios públicos. El artículo 9, inciso f dice:

“La recepción de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos, dentro de las garantías previstas en la Constitución Nacional, así como la formación de un Registro de las mismas, y la producción de dictámenes sobre la correspondencia entre tales declaraciones prestadas al asumir los respectivos cargos, y las que el funcionario público formule al cesar en el cargo: suministrará los informes contenidos en el Registro a pedido expreso del Poder Ejecutivo, de cualquiera de las Cámaras del Congreso Nacional, del fiscal general del Estado, del procurador general de la República, de la Comisión Bicameral Investigadora de Ilícitos y del Organismo jurisdiccional competente”.


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Ultima actualizacion:
18/11/2008 00:00:00