El impuesto a la renta personal (IRP) entra en vigencia mañana y en este primer año alcanzará a todos los que tienen un ingreso anual superior a 120 salarios mínimos. Borda ratificó que no modificará la reglamentación y que no hay motivos para postergar una vez más.

El ministro Dionisio Borda hizo ayer una evaluación del año que termina y adelantó las medidas que tomarán en el próximo, a fin de mitigar los efectos de la crisis mundial.
La implementación del impuesto se dará luego de varias postergaciones aprobadas por los parlamentarios en el 2006 y el 2007, y estando aún pendiente otro proyecto de ley que suspende su aplicación hasta enero de 2010.
El ministro de Hacienda, Dionisio Borda, aseguró ayer que la administración fiscal está en condiciones de administrar el IRP y que no existen argumentos valederos para posponer de nuevo su aplicación.
Indicó además que conversarán con los diputados entre febrero y marzo para que el proyecto de suspensión impulsado por el senador liberal Alfredo Jaeggli sea rechazado.
El proyecto Jaeggli tiene media sanción del Senado y está a consideración de Diputados, en donde se estima que será definido en marzo luego del reinicio de la actividad parlamentaria.
El ministro de Hacienda ratificó que no modificará la reglamentación del impuesto porque es partidario de que entre a regir y, luego de un año, evaluar para definir si es necesario o no un cambio.
Qué grava
El IRP grava actividades como las profesiones universitarias (abogado, médico, ingeniero, etc.), actividades técnicas y oficios, ejercicio de actividades artísticas o deportivas, funcionarios, parlamentarios, entre otros.
De acuerdo a la nueva normativa, las personas físicas se convertirán en contribuyentes una vez que sus ingresos gravados, computados inclusive desde el 1 de enero, superen 120 salarios mínimos, más de 161 millones de guaraníes actualmente. Según los datos manejados por Hacienda, en esta franja de ingreso se encuentran alrededor de 10.000 personas.
Una vez que sean contribuyentes, tendrán 30 días hábiles de plazo para inscribirse en Tributación, y en el caso de aquellos ya están inscriptos, deberán actualizar sus datos.
Los contribuyentes no abonarán anticipos, tampoco retenciones en la fuente, excepto las personas no domiciliadas en el país. El pago del impuesto será anual, la tasa para este primer grupo es 10%, y habrá tiempo hasta junio del año siguiente para presentar la declaración jurada y pagar el impuesto.
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