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EL BRASIL NO CUMPLE ACUERDOS

Correcta aplicación del Tratado dará mayores regalías al país, dice Mateo

El director general paraguayo de la Itaipú, Carlos Mateo Balmelli, afirmó que con el solo cumplimiento de la Nota Reversal Nº 1, las regalías que recibiría nuestro país en concepto de royalties, resarcimiento y cesión de energía, irían a los 468,1 millones de dólares anuales, que representan unos 10 millones de dólares más de lo que ofrece el Brasil como moneda de cambio a los requerimientos nacionales.


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Carlos Mateo Balmelli, director de Itaipú.

El ejecutivo dijo que con el ajuste ofrecido por el Brasil no está concediendo absolutamente nada al Paraguay, y que solamente se estarían cumpliendo claras disposiciones del Tratado, “No se consigue realmente un mejor precio por la energía cedida”, advirtió.

“El factor multiplicador (Factor K), aplicado actualmente a la compensación por cesión de energía es de 5,1, en cumplimiento de acuerdos vigentes. Así, y aplicando todos los ajustes correspondientes, el Paraguay recibe actualmente en este concepto alrededor de US$ 120 millones anuales”, dijo Mateo.

Recordó después que el Brasil aceptó aumentar en 10,2 el factor multiplicador, con lo que nuestro país recibiría alrededor de US$ 240 millones anuales; es decir, un adicional de US$ 120 millones anuales que el representante local lo considera insuficiente.

“El factor multiplicador aplicado actualmente a los diversos conceptos, conforme a los acuerdos vigentes, es de: compensación por cesión de energía, 5,1 (desde el 2005): royalties y resarcimientos, 4,0 (desde 1992)”, señaló.


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El cuadro de arriba muestra las variaciones del costo directo aproximado de la represa de Itaipú. En la gráfica de la derecha, la incidencia del pago por la cesión de energía

“DISPOSICIONES DE ACTUALIZACIÓN NO ESTÁN SIENDO CUMPLIDAS”

“Es importante destacar lo establecido en el Artículo XV del Tratado de Itaipú, Parágrafo 4º, y la Nota Reversal Nº 1, del 11 de febrero de 1974, inciso A, referentes a disposiciones para la actualización de los valores de royalties, resarcimientos y compensación por cesión de energía”, acotó.

“Se resalta al respecto que estas disposiciones de actualización no están siendo cumplidas, considerando lo establecido en el literal a) del inciso A, de la mencionada Nota Reversal Nº 1, referente a ‘los ajustes reales de costo que ocurrieron en las obras de la hidroeléctrica de Itaipú”, añadió Balmelli.

El director paraguayo dijo que el solo cumplimiento de esa norma hace que las regalías para Paraguay vayan a los US$ 468, 1 millones anuales. De este monto, la suma de US$ 303,2 millones anuales en concepto de royalties; US$ 23,3 millones anuales, por resarcimientos, y US$ 141,5 millones anuales, por cesión de la energía, representarían unos US$ 10 millones más de lo que promete el socio brasileño para poner fin al diferendo que mantienen sobre las reivindicaciones paraguayas y que contemplan seis puntos.


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Regalías que recibe actualmente el Paraguay, la propuesta brasileña y, lo que le correspondería, por la correcta aplicación de Tratado, en su anexo A

La propuesta del Brasil a los ministros de Paraguay se sustenta en mantener el factor de ajuste para el caso de royalties y resarcimientos en 4,0, pero elevar el mismo a 10,2 para los cálculos por cesión de la energía, lo que en conjunto representaría a Paraguay un ingreso anual de US$ 458,3 millones.

“Optar por la vía de corregir exclusivamente la compensación por cesión de energía no elimina el derecho de Paraguay de exigir en el futuro la aplicación de las disposiciones del Tratado, respecto de la actualización de las regalías”, subrayó Mateo.

LA INCIDENCIA EN LA TARIFA ES MÍNIMA

En otro orden, informó que la incidencia en la tarifa del consumidor brasileño por la cesión de energía a Paraguay actualmente es apenas del 0,87%, de modo que las mayores beneficiadas son las intermediarias del vecino país.

Dijo que dentro del costo de la tarifa eléctrica en Brasil, 32,8% corresponde al pago de tributos; 5,96%, al pago de tasas; 5,82%, a los gastos correspondientes a la transmisión de la energía; 24,19%, a distribución y 31,24% a lo que hace al costo de la electricidad, de donde se debe de deducir 30,37%, que constituye los compromisos con la Itaipú y, finalmente, el 0,87%, a lo que corresponde al pago de compensaciones por cesión de la energía.


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Ultima actualizacion:
31/03/2009 00:00:00