Las derivaciones de la intervención de la Cooperativa Fernando de la Mora, tras la detección de múltiples irregularidades, es una prueba de fuego para el sector cooperativo. Por su parte, la Justicia debería actuar de oficio y sancionar a jueces y fiscales venales que impiden el cumplimiento de la ley, poniendo en tela de juicio el mayor patrimonio del sector: La confianza.

Antes que proteger la intervención, la Policía Nacional impidió el ingreso de los interventores.
El marco jurídico del sector cooperativo y sus organismos de aplicación atraviesan una prueba de fuego con la intervención de la Cooperativa Fernando de la Mora por el ente rector del sector, el Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop), y las derivaciones que ha tenido el caso mediante su judicialización.
La intervención de la entidad de categoría B (mediana) fue resuelta el 2 de junio último. No obstante no es la primera vez que ello ocurre. Pero la coyuntura actual de observaciones de entes multilaterales a la situación real de las cooperativas de ahorro y crédito en Paraguay, convierten esta intervención en una prueba cuasi existencial del órgano de control del sector.
La judicialización que ha tenido el caso, no solo agrega condimentos al mismo, sino que demuestra la venalidad de muchos de los integrantes del Poder Judicial en general, como de la Justicia Electoral en particular.
Y ello, porque la participación del Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala, presidida por Patricia Blasco, e integrada además por Blas Neri Fleitas y Gilberto Aníbal Meza, deja mucho que pensar.
Siendo benévolos, se debe afirmar que estos jueces poseen una supina ignorancia legal al intervenir (e impedir) con sus resoluciones, actos administrativos del ente que por ley tiene todas las prerrogativas para ordenar una intervención en caso que la situación así lo amerite.
Incluso que por esa misma ley la Justicia Electoral tiene permitido actuar solo en casos que incumben al juzgamiento (en apelación) única y exclusivamente de las elecciones de autoridades.
Además, no es la primera vez que este mismo tribunal actúa en casos que envuelven a cooperativas sin que tengan nada que ver con elecciones. Así fue tanto en la cooperativa de la Victoria, como en la Cooperativa J. Augusto Saldívar. Incluso, todos los casos ha actuado pese a competer su jurisdicción territorial, ya que dicho Tribunal pertenece a la capital del país, mientras que las tres cooperativas son del departamento Central.
Es hasta contradictorio, pero es real. Estos hechos solo nos dan pie a afirmar que en Paraguay es la propia “Justicia” la que ataca al corazón de una democracia: La Institucionalidad.
Las acciones de la Justicia, sean de la Ordinaria o de la Electoral, trascienden tanto el caso que juzgan, como al campo que pertenece ese caso y sus decisiones se vuelcan sobre toda la República.
Por otra parte, la decisión también afecta la economía en su conjunto. El sector cooperativo mueve alrededor del 30% de la masa monetaria del país y, al igual que el sector financiero, su estabilidad está basada en la confianza.
Y ¿Quién sería el cooperativista que seguiría confiando si el ente de control no puede “enderezar” acciones en entidades donde sus dirigentes, desvirtuando su condición de líderes utilizan las entidades en beneficio propio y en desmedro de sus asociados?
De allí surge el respaldo dado por el presidente de la Confederación Paraguaya de Cooperativas (Conpacoop), Cayo Silvero, al accionar del Incoop, puesto que actuar en contrario minaría esa confianza que el sector afirma poseer.
Si se quiere vivir en un país serio, se debe partir respetando las reglas que todos han aceptado. Y en este caso (nos guste o no), las reglas del juego imponen un regulador, el Incoop, que debe demostrar su verdadera razón de ser.
Asimismo, se debe aprovechar este caso para sancionar ejemplificadoramente a quienes, extralimitándose en sus funciones, dañan la institucionalidad de la República.
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Félix María Lugo
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