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Falta aplicar criterio práctico a la problemática indígena

La Constitución de 1992 reconoce la existencia de los "pueblos indígenas" y los define como "grupos de cultura anteriores a la formación y organización del Estado paraguayo". Se les otorga "el derecho a la propiedad comunitaria de la tierra" y una serie de protecciones que debe brindarles el Estado. El plan constitucional sobre los pueblos indígenas no ha funcionado bien. En esta cuestión, es evidente que hace falta analizar con inteligencia toda la problemática para arribar a soluciones prácticas y no de mera enunciación idealista y de escasa o ninguna aplicación en el terreno, para evitar que la ya reducida población de nativos desaparezca definitivamente sumida en la desesperanza y la miseria.


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15/02/2007 00:00:00